El Anexo 30 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 establece las especificaciones técnicas de funcionalidad y seguridad que deben cumplir los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos de hidrocarburos y petrolíferos en estaciones de servicio. Destacando su importancia para asegurar la correcta medición y registro de volúmenes en el sector energético, así como su impacto en el cumplimiento de las obligaciones fiscales de las estaciones de servicio.
¿Qué es el Anexo 30?
El Anexo 30 regula la correcta operación de los equipos y sistemas que registran el volumen de hidrocarburos despachados en las estaciones de servicio. Este marco normativo es crucial para garantizar la transparencia en el manejo de combustibles y asegurar que las mediciones sean exactas, evitando discrepancias que podrían generar sanciones fiscales.
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¿Quiénes deben cumplir con esta normativa?
Todas las estaciones de servicio que operan en México y que despachan hidrocarburos, incluyendo gasolina, diésel, deben implementar los sistemas de medición y los programas informáticos que cumplan con los requerimientos técnicos del Anexo 30. Las especificaciones son claras: cada punto de venta debe asegurarse de que sus equipos estén certificados y calibrados, y que la información de volúmenes sea precisa y auditable.
Especificaciones Técnicas
De acuerdo con el artículo 28, fracción I, apartado B del Código Fiscal de la Federación (CFF), los equipos y programas informáticos deben cumplir con las siguientes funcionalidades:
Generación de registros de volumen: Los sistemas de medición deben ser capaces de generar los registros de volumen de los hidrocarburos de acuerdo con las pautas establecidas en el apartado 30.5 del Anexo.
Almacenamiento y recopilación de información: Los programas deben recopilar y almacenar los datos de volumen medidos, así como la información relacionada con los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) asociados a la compra y venta de hidrocarburos.
Generación de reportes diarios y mensuales: Los equipos deben ser capaces de procesar la información y generar reportes precisos tanto diarios como mensuales, según lo estipulado en el apartado 30.6. Estos reportes deben enviarse a las autoridades fiscales de manera oportuna.
Seguridad y Metrología
El Anexo 30 también define los términos clave en materia de seguridad y metrología. Los equipos deben ser capaces de:
- Calibración: Se requiere que los sistemas de medición estén calibrados de acuerdo con los estándares nacionales o internacionales. Esto asegura que las mediciones sean exactas y confiables.
- Confirmación metrológica: Garantiza que los equipos de medición estén conformes con los requisitos previstos para su uso.
- Especificaciones metrológicas: Los instrumentos de medición deben cumplir con los valores límite establecidos para garantizar mediciones precisas.
Innovaciones Tecnológicas
Uno de los puntos más destacados del Anexo 30 es la incorporación de tecnologías avanzadas en los sistemas de control volumétrico. Se requiere que los equipos incluyan:
- Unidades de almacenamiento de estado sólido o magnético, que permiten guardar grandes cantidades de datos de forma segura.
- Medición dinámica y estática de hidrocarburos, cubriendo tanto el flujo de combustible en movimiento como la cantidad almacenada.
Esto asegura que las estaciones de servicio cuenten con herramientas tecnológicas de vanguardia para cumplir con las normativas, y al mismo tiempo optimiza sus operaciones.
Beneficios de Cumplir con el Anexo 30
Cumplir con las disposiciones del Anexo 30 no solo evita sanciones, sino que aporta beneficios tangibles para las estaciones de servicio:
- Mayor precisión en las mediciones: Equipos calibrados y certificados aseguran que las mediciones de volumen sean exactas, lo que evita pérdidas por diferencias en el despacho de combustible.
- Auditoría más sencilla: Al contar con registros electrónicos detallados, las auditorías fiscales se simplifican.
- Transparencia en la operación: La recopilación y envío de datos en tiempo real garantiza que las operaciones se realicen con total transparencia.
Conclusión
El Anexo 30 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 representa un paso clave en la modernización del sector de hidrocarburos en México. Las estaciones de servicio deben adaptarse a estas nuevas especificaciones técnicas para asegurar no solo el cumplimiento normativo, sino también una operación más eficiente y segura. Implementar estos sistemas de control volumétrico es una inversión estratégica para evitar riesgos fiscales y mejorar la gestión de los recursos energéticos.